viernes, 24 de mayo de 2019

JORNADAS DE TRABAJO FLEXIBLES Y CONTRATO DE TRABAJO POR DESTAJO


Jornada de trabajo flexibles


Este tipo de jornada de trabajo permite que de mutuo acuerdo tanto trabajador como empleador puedan organizar jornadas de trabajo variables en las cuales se deben respetar algunos criterios como lo son el máximo de horas semanales laboradas (48), ademas, jornadas mínimas de 4 horas diarias y máximo 10.

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El código sustantivo de trabajo establece en el literal d del articulo 161 los requisitos exigidos para que pueda ser aplicable la jornada flexible de trabajo.  

"El empleador y el trabajador podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo. En este, el número de horas de trabajo diario podrá repartirse de manera variable durante la respectiva semana y podrá ser de mínimo cuatro (4) horas continuas y hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y ocho (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria de 6 a.m. a 10 p.m.
PARAGRAFO. El empleador no podrá aún con el consentimiento del trabajador, contratarlo para la ejecución de dos turnos en el mismo día, salvo en labores de supervisión, dirección, confianza o manejo."
La única diferencia entonces entre la jornada laboral que normalmente se conoce y esta es que en la jornada flexible se puede organizar la jornada diaria a conveniencia mientras en la jornada ordinaria solo se estipula una jornada y esta por lo general no varia en ninguna forma.   


Contrato de trabajo por destajo


El contrato de trabajo a destajo, es aquel contrato en el que la remuneración se pacta con base en la cantidad de unidades, obras o labores que el trabajador realice en una jornada determinada. Entonces se beneficia la empresa puesto que de esta manera el empleado mejorara la producción personal por cuanto su salario estará determinado por el numero de unidades que realice dentro de la jornada y la empresa podrá contar con trabajadores eficientes pues quien no realice las unidades suficientes para cubrir sus gastos básicos optara por buscar un nuevo empleo.
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tomado de: https://www.las2orillas.co/industria-de-la-confeccion-colombiana-al-borde-la-quiebra-total-por-contrabando/
un caso muy común de este tipo de contrato se ve en el sector textil donde el pago a las trabajadoras se realiza por el numero de prendas que produzcan a diario. Se debe tener en cuenta en esta modalidad de contratación que el pago de las prestaciones sociales se debe realizar por el valor del salario mínimo aun cuando el trabajador no cumpla con las unidades que den lugar al pago del mismo. 

REFERENCIAS:
https://www.gerencie.com/jornadas-de-trabajo-flexibles.html
https://www.gerencie.com/contrato-de-trabajo-por-destajo.html
JUAN FELIPE GARCIA OSORIO

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